Los Fondos Concursables de Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental, son establecidos en la Ley 16.744 del año 1968, que en su Artículo 24, da cuenta de la creación de un fondo especial destinado a la rehabilitación de personas con consumo problemático de alcohol, administrado por el Ministerio de Salud, elaborándose un reglamento específico para su utilización, mediante Decreto № 821 de 1972, para el financiamiento de instituciones con personalidad jurídica que surjan en torno a esta temática y necesidades de los programas de rehabilitación de usuarios que presenten consumo del alcohol u otras problemáticas de salud mental.
Los Fondos para Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental, son recursos que están destinados a las agrupaciones de autoayuda, grupos de usuarios de personas con consumo problemático de alcohol y/o agrupaciones de la comunidad, que trabajen en la promoción, prevención, rehabilitación y abordaje comunitario del consumo de alcohol y otras drogas, y otras problemáticas de salud mental, en coordinación con los establecimientos de salud de atención primaria o especialidad..
Cada grupo de autoayuda u organización comunitaria podrá presentar un (1) proyecto, según el Formulario de Presentación de Proyectos. La fecha de postulación se inicia el lunes 03 de julio y finaliza miércoles 28 de julio del 2023 a las 17:00 hrs..
Ante dudas o consultas escribir a este mail: felipe.altamiranoa@redsalud.gob.cl
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